COLABORA

Herencias y legados

Herencias y legados

Informamos y asesoramos a las familias de las personas atendidas sobre la necesidad de hacer testamento y sus ventajas, y les ayudamos a planificar el futuro patrimonial de la persona</ strong> para garantizar su calidad de vida y su atención.

El servicio también está destinado a cualquier persona que quiera hacer un legado o dejar una herencia a favor de la Fundación, tenga o no vinculación. Todos los recursos serán destinados a la misión de la entidad: velar por la calidad de vida de las personas en riesgo de exclusión, especialmente con diversidad funcional, y hacer realidad su proyecto de vida.

Su herencia o legado puede contribuir a garantizar la atención a las personas que lo necesitan una vez usted o su familiar dado no estén allí .

Herencias y legados solidarios

Hacer testamento es importante y lo es especialmente para las familias que tienen un hijo/a con discapacidad, ya que es una oportunidad de garantizar su futuro y su proyecto de vida. Es un procedimiento sencillo, económico y útil para decidir sobre la disposición del patrimonio.
Es muy importante hacer testamento por:

  • Garantizar que su voluntad se cumplirá con exactitud y facilitar a los herederos la transmisión de los bienes.
  • Evitar problemas a familiares y círculos cercanos.
  • Evitar que el patrimonio pase a manos del Estado en caso de no haber testamento.
  • Evitar pagar impuestos de forma innecesaria y que se reduzca así el valor de su legado.

Además de garantizar el futuro de su familiar con discapacidad, su herencia o su legado también puede ser solidario con otras personas atendidas en ASPRONIS.

¿Cómo puedo dejar la herencia o realizar un legado a la Fundación ASPRONIS?

En el testamento tanto los familiares de las personas atendidas en la Fundación como cualquier persona puede:

  • Hacer un legado a favor de la entidad, es decir, asignar varios bienes o derechos a la Fundación.
  • Nombrarla coheredera, en caso de que quiera compartir los bienes con más de una persona o institución.
  • Nombrarla heredera universal, en caso de que no haya herederos.
  • Nombrarla administradora de los bienes legados en usufructo al hijo/a con discapacidad y, a su muerte, la Fundación los destinará a otras personas con discapacidad y sin recursos.

¿Qué haremos con su herencia o su legado?

En caso de que así lo establezca el testamento, la Fundación dedicará la herencia o el legado al proyecto de vida de su familiar atendido en nuestros servicios. A su muerte, dedicaremos los restantes bienes a mejorar la calidad de vida de aquellas personas con discapacidad atendidas en la Fundación que no tengan recursos.

¿Qué bienes pueden ser legados a la Fundación ASPRONIS?

  • Bienes inmuebles: viviendas, fincas rústicas, etc.
  • Dinero en efectivo o dinero depositado en entidades financieras.
  • Acciones, fondos de inversión o seguros de vida.
  • Otros bienes, como joyas, cuadros, antigüedades, mobiliario, etc.

¿A qué dedicaremos la herencia o legado cuando no sea de un familiar de ninguna persona atendida?

  • Proporcionar vivienda a personas atendidas sin recursos.
  • Equipar servicios asistenciales.
  • Proveer de maquinaria o recursos que den trabajo a las personas.
Ir al contenido
Resumen de privacidad

Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles.