SERVICIOS A LAS EMPRESAS

Ocupación con valor social

Empresas socialmente responsables

Actuar con parámetros socialmente responsables es un compromiso voluntario de las empresas y las instituciones con el desarrollo social y medioambiental que comporta mejoras en competitividad y rentabilidad.

ASPRONIS podemos ser un colaborador para las empresas que quieran cumplir criterios de responsabilidad social, ya sea mediante la contratación de personas con discapacidad, contratando servicios o haciendo una donación.

Contratar personas

Las empresas de más de 50 trabajadores están sujetas al Decreto 1/2013, de 29 de noviembre, Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, que establece la obligación de que, al menos, el 2% de la plantilla sean trabajadores con discapacidad.

En ASPRONIS ponemos a disposición de las empresas un servicio de inserción: ofrecemos apoyo a la persona y la empresa para la adaptación al puesto de trabajo y hacemos seguimiento.

La ley también prevé la creación de enclaves laborales en las empresas.

Medidas alternativas

En caso de que las empresas no puedan incorporar personas con discapacidad, el Decreto 364/2005, de 8 de abril, regula el cumplimiento alternativo a la cuota de reserva a favor de los trabajadores con discapacidad, como la contratación de suministros o de prestación de servicios con un Centro Especial de Empleo (CEE).

EL VILAR es el CEE de iniciativa social de ASPRONIS. Con nuestra amplia oferta en servicios (manipulados y envasados, jardinería, señalización, limpieza, recuperación de residuos, etc.), podemos ser un buen aliado de las empresas para cumplir con las medidas alternativas a la contratación directa de personas.

Donaciones o patrocinio

Otras medidas alternativas previstas en la legislación vigente son las donaciones o el patrocinio con equivalencia monetaria a la contratación de personas con discapacidad.

BENEFICIOS FISCALES DE HACER UNA DONACIÓN
PERSONAS JURÍDICAS
DEDUCCIÓN
Donaciones en general
33%
Donaciones plurianuales a la misma entidad durante al menos 3 años por importe igual o superior, en cada una de ellas, al del ejercicio anterior.
40%
Límite deducción base liquidable
10%
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